SERVICIOS AL CIUDADANO

Preguntas frecuentes



COMO SE DEFINE LA DISCAPACIDAD SEVERA?

La discapacidad severa es la que genera dependencia (absoluta o casi absoluta) de otra persona para las actividades de la vida diaria. La persona con discapacidad severa depende de otra persona para actividades como: alimentarse, vestirse, higiene, traslado entre otras actividades.
Además, en algunos casos, la persona que asiste puede requerir de una ayuda o dispositivo que le permita asistir.
Incluso, existen casos de discapacidad severa completa.




QUIÉN OTORGA LA CALIFICACIÓN DE DISCAPACIDAD SEVERA Y CÓMO SE REALIZA?

La calificación de discapacidad es efectuada por el Ministerio de Salud quien procede a valorar la magnitud de la deficiencia, la condición y la severidad fisiológica y funcional de la persona. Ésta ha sido definida en la Norma Técnica N° 112-MINSA/DGSP-V.01, aprobada por RM N° 013-2015-MINSA en enero del 2015.
La calificación se realiza con lista de chequeo y con examen clínico y físico
















¿LA CONDICIÓN DE DISCAPACIDAD SEVERA ES IRREVERSIBLE?

La condición de persona con discapacidad severa es generalmente permanente, definitiva, irreversible e irrecuperable. Se incluyen las discapacidades congénitas y otras adquiridas por accidente o enfermedad que generan efectos severos en las personas. En la citada Norma Técnica de Salud se incluye una lista de estas discapacidades, incluyendo personas con casos severos de epilepsia, discapacidad mental de grado moderado a profundo, la tuberculosis multidrogo resistente, parálisis cerebral con interferencia en la comunicación, lesiones de la médula y SIDA con neoplasia en estadios III y IV, etc.






¿POR QUÉ SE CREA EL PROGRAMA DE PENSIÓN POR DISCAPACIDAD SEVERA?

El Programa se crea para dar atención a lo dispuesto en el artículo 59º de la Ley 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad. En el mencionado artículo se establece que la persona con discapacidad severa que se encuentre en situación de pobreza bajo los criterios del SISFOH (Sistema de Focalización de Hogares) y que no tenga un ingreso o pensión que provenga del ámbito público o privado recibe una pensión no contributiva a cargo del Estado

¿CUÁL ES EL OBJETO DEL PROGRAMA?



El Programa tiene por objeto otorgar una pensión no contributiva a cargo del Estado a las personas con discapacidad severa que se encuentren en situación de pobreza, con la finalidad de elevar su calidad de vida.




¿CÓMO INTERVIENEN EL MINSA Y EL MIDIS EN EL PROGRAMA?
El MINSA, a través de sus establecimientos de salud, es quién otorga el certificado de discapacidad severa a potenciales usuarios del Programa.
El MIDIS es quién da la situación de pobreza de las personas que cuenten con su certificado de discapacidad severa y que no perciban ningún ingreso o pensión del ámbito público o privado, incluyendo las prestaciones de ES SALUD.







¿CUÁLES SON LOS REQUISITOS PARA SER BENEFICIARIOS DEL PROGRAMA?

Los requisitos para ser beneficiario de la pensión no contributiva son los siguientes:
Contar con un certificado de discapacidad severa emitido de conformidad con la Norma Técnica de Salud para la evaluación, calificación y certificación de la persona con discapacidad.
No percibir ingreso o pensión que provenga del ámbito público o
privado, incluyendo las prestaciones económicas que se otorguen a través del Seguro Social de Salud–Es Salud.
Encontrarse en situación de pobreza bajo los criterios del Sistema de Focalización de Hogares – SISFOH.


























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